«Posible delito de lesiones por imprudencia» de ahí la necesidad de contactar con el teléfono de emergencias SCF cuando alguien se vea envuelto en un accidente
Hoy entrevistamos al Secretario de Asuntos Jurídicos del SCF y Supervisor de Regulación y Gestión con residencia en el CRC de Zaragoza Delicias, José Manuel Ruiz.
José Manuel, llevas a cargo de la secretaría un año y anteriormente fuiste el Secretario de Normativa ¿Echas de menos ese puesto? Porque sabemos que la Normativa en Adif avanza muy lentamente, en cambio, juicios debes tener un montón.
Como Secretario de Normativa he participado en varios grupos de trabajo para actualizar la Normativa Laboral, todos ellos infructuosos ya que la empresa no está por la labor de avanzar en ese tema. Tenemos una normativa arcaica, farragosa, y que no es nada clara, producto de una compilación de antiguas Circulares y que data de 1993. Casi treinta años y ocho convenios colectivos después, seguimos con la misma estructura y prácticamente el mismo contenido, ya que no se han integrado en la Normativa Laboral las cláusulas de los convenios y acuerdos posteriores a 2005 una vez producida la división de la antigua Renfe.
Todo esto, añadido a la interpretación a veces por desconocimiento y a veces interesada, hace que el trabajador se vea abocado a tener que recurrir a la vía judicial para que se reconozcan y respeten sus derechos.
¿Qué quieres decir con esto último?
Hay situaciones en que los jefes inmediatos, siendo conscientes de que el trabajador tiene razón en un tema concreto, o sencillamente por no molestarse en estudiar el caso en detalle, deciden que la respuesta inicial a la reclamación del trabajador es siempre un “No procede conforme a la Normativa Laboral vigente”. Esto nos aboca a iniciar un proceso judicial en el que el resultado final se demora, al menos en la mayoría de las situaciones, unos dos años.
Es cierto que también interponemos demandas por cuestiones de interpretación normativa o jurídica en las que entendemos que la jurisprudencia ha evolucionado con respecto a nuestra obsoleta Normativa Laboral, pero también nos encontramos con cambios de criterio de Adif y lo que ayer conciliábamos antes de iniciar la vía judicial, hoy ya no sirve.
La pandemia también ha afectado a los procesos jurídicos, la paralización de los plazos judiciales desde la entrada en vigor del estado de alarma en marzo de 2020 hasta el 4 de junio supuso aplazamientos de los señalamientos de los juicios y empezamos 2021 con 88 procedimientos judiciales del SCF abiertos ¿Cuántos tenemos en la actualidad?
A fecha de 31 de diciembre de 2021 teníamos 105 procedimientos abiertos entre Adif y FGV de los cuales 69 fueron iniciados el pasado año; 13 de ellos están a la espera de señalamiento y otros 45 ya tienen fecha de juicio. Antes de la pandemia, en la mayoría de juzgados se estaba señalando fecha de juicio entre seis meses y un año después de la interposición de la demanda, pero ahora los plazos han aumentado considerablemente. Sirva el ejemplo de que once de las demandas interpuestas en 2021 tienen fecha de juicio entre 2023, 2024 y hasta finales de 2025.
Eso es mucho tiempo, ¿no pierde ya en cierto sentido acudir a los juzgados?
En mi opinión es algo que también se busca. Los juicios señalados durante el periodo de alarma fueron suspendidos y aplazados a otra fecha, esto es lógico, pero entre las restricciones y otras causas ajenas a nosotros hace que los procesos se alarguen en exceso y el trabajador se lo piense; no tiene mucho sentido que se litigue a los dos años sobre el derecho del disfrute de unos días de descanso o que el juicio de una demanda por una sanción se celebre tres años después de haberse interpuesto.
Tengo entendido que han cambiado los métodos para interponer las demandas
Hace ya tiempo que se pueden interponer demandas de forma telemática, sin embargo, para cuestiones que antes se hacían sin problema ahora hay que pedir cita previa; otorgar poderes a los abogados, presentar escritos e incluso interponer las demandas son algunos ejemplos.
Con los servicios de mediación y arbitraje de las Comunidades Autónomas pasa algo parecido; mientras que hasta el año pasado cualquier persona podía presentar la papeleta de conciliación, ahora tiene que ser el propio trabajador el que la presente en papel e incluso que no se admita si no se presenta de forma telemática.
Toda esta burocracia hace más lento el proceso desde que nos llega una cuestión a la asesoría, se estudia el caso concreto, se elabora la demanda y por fin tiene entrada en el juzgado. Sin la colaboración de los delegados de las secciones esta labor sería todavía más ardua, por lo que tanto nosotros como los afiliados que requieren los servicios jurídicos del SCF necesitamos su colaboración.
¿Cuántas personas estáis desarrollando todo este trabajo en la asesoría?
Dentro de la organización somos tres compañeros los que integramos la Asesoría Jurídica, a lo que añadimos la inestimable ayuda de otro compañero con el que coordinamos el día a día. También tenemos contratos con varios despachos externos, tanto para cuestiones laborales como penales, además de contar con colaboraciones puntuales con abogados locales.
Quiero añadir que disponemos de un servicio de asesoramiento gratuito para el afiliado para cuestiones fuera del ámbito laboral. Estas consultas son directamente tramitadas por un abogado externo.
Retomemos el tema de las demandas en los juzgados ¿La mayoría son individuales?
Sí, la mayoría responden a asuntos meramente laborales como diferencias salariales por movilidad temporal y funcional, demora de traslado, antigüedad en la empresa, gratificaciones por título o vivienda, sanciones, aunque hay otras más concretas como reclamaciones ante la Seguridad Social o por jubilación forzosa.
Sin embargo, tampoco nos podemos olvidar de las penales. Ahora mismo tenemos una instrucción abierta por un posible delito de lesiones por imprudencia, por lo que reiteramos la necesidad de que cuando un afiliado se vea envuelto en un accidente o incidente grave, contacte con el teléfono del servicio de emergencias del SCF, disponible las 24 horas y los 365 días del año.
¿Qué me dices de los conflictos colectivos?
Actualmente hay abiertos más de diez conflictos colectivos en diferentes estados de los cuales cinco, están ya en casación en el Supremo y en dos hemos anunciado el recurso.
Recientemente, se ha notificado sentencia favorable al Sindicato de Circulación Ferroviario por el conflicto colectivo interpuesto por el Incumplimiento del acuerdo ante PVD de 2008 en el CRC de Antequera ¿qué repercusiones puede tener dicha demanda?
De momento la sentencia no es firme puesto que Adif ha presentado Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en octubre del pasado año. En dicho recurso, además de utilizar fórmulas como exponer que no es competencia del juzgado de lo Social de Málaga para no entrar en el fondo del asunto, tan sólo se esgrime el argumento de que el Acuerdo de PVD de 2008 es un “documento de trabajo”.
Desde el SCF entendemos, y así lo recoge la sentencia del Social, que una vez publicado el Acuerdo de PVD en el BOE, deja de ser un documento de trabajo para pasar a formar parte del convenio, por lo que es obligación de la empresa realizar la catalogación de los puestos. El fallo también recoge claramente que la autodistribución y autorresponsabilidad del sistema de pausas es un régimen transitorio hasta la catalogación de puestos de trabajo.
SCF también presentó conflicto colectivo para la inclusión de los días de licencia por asuntos propios sin justificar (LZ) dentro de la jornada anual de 1.642 horas, es decir, que tengan la consideración de días No recuperables. Demanda que fue desestimada ¿ha avanzado el Recurso de Casación en el Tribunal Supremo?
De momento no hay novedad. Presentamos el Recurso de Casación en enero de 2021 y fue admitido a trámite en el Supremo en abril de ese mismo año.
La vulneración del derecho a huelga en Adif es un clásico. Si bien hay múltiples sentencias del Tribunal Supremo a favor del SCF que crean jurisprudencia, se han vuelto a establecer servicios mínimos abusivos en las huelgas del CRC de Barcelona França, por lo que el SCF interpuso varias demandas ante la Audiencia Nacional, fallando favorablemente a nuestras pretensiones ¿Qué más tiene que ocurrir para que se deje de vulnerar este derecho fundamental de los trabajadores?
El Tribunal Supremo ya ha dictaminado en reiteradas ocasiones que no puede haber las mismas circulaciones en servicio normal que durante una huelga por lo que, en las sucesivas convocatorias de huelga, los servicios mínimos propuestos por Adif y ratificados por la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, han establecido una afectación al 5% de los trenes.
Hemos llevado a la Audiencia Nacional las resoluciones de servicios mínimos de huelgas que se han desarrollado en el CRC de Barcelona França entre septiembre de 2020 y diciembre de 2021, obteniendo de las tres primeras otras tantas sentencias favorables. Fruto de ellas, y previamente a la última prórroga para los meses de octubre a diciembre de 2021, enviamos desde SCF una carta a la nueva Secretaría de Estado de Transportes exponiendo la situación, ya que consideramos insuficiente el 5% de circulaciones afectadas cuando además todos los Responsables de Circulación de las bandas de CTC tienen nombrado servicios mínimos y además se han incluido trabajos de mantenimiento preventivo.
Es una vulneración del derecho de huelga que llevamos años intentando recuperar, por lo que estamos explorando la apertura de otras vías para conseguir el objetivo.
El abono en diciembre de los días de reducción de jornada de 2018 con el valor de las horas extras también ha sido fruto de otro conflicto colectivo que presentó SCF el 29 de noviembre de 2019 ante la Audiencia Nacional (posteriormente UGT y CGT presentaron demandas parecidas y el día del juicio se adhirieron CCOO y SF-I). La Audiencia nos dio la razón y aunque Adif recurrió, el Tribunal Supremo ratificó la sentencia ¿Ocurrirá lo mismo con los días de 2019?
Ese es otro Conflicto Colectivo distinto sobre el cual no podemos anticipar el resultado, pero parece indicar que así ocurrirá. En este caso afecta no solo a los días de reducción de jornada, sino también a todos los descansos no disfrutados abonados por la clave 110 desde enero de 2019 en adelante.
De confirmarse la sentencia, los descansos no disfrutados dejarán de abonarse conforme al valor establecido en las tablas salariales para calcularse según el acuerdo del CGE con la empresa del 10 de septiembre de 2012. Para quienes no lo sepan, gracias a dicho acuerdo, el valor de la hora extra y de toma y deje aumentó a casi el triple de lo que se abonaba gracias al trabajo de SCF, siendo el único sindicato que durante años lo peleamos en los tribunales (primero provinciales en lo Social, después en los TSJ de las Comunidades Autónomas y por fin, varias veces ante el Tribunal Supremo); que nos dieron la razón creando jurisprudencia y fallando que esas horas debían abonarse al menos con el valor de la hora ordinaria y no según el valor reflejado en las tablas salariales firmadas por los sindicatos mayoritarios en los múltiples convenios anteriores de Renfe/Adif.
Vista la jurisprudencia del Tribunal Supremo, a la empresa no le quedó más remedio que aceptar que el valor de las horas extras y el valor de la “compensación de festivo trabajado” debería cambiar, y a partir del 1 de octubre de 2020 ya se abonan estos conceptos con el valor de la hora extraordinaria.
Otro asunto por el que el SCF lleva también mucho tiempo luchando es el reconocimiento del coeficiente reductor por penosidad para anticipar la edad de jubilación de los Responsables y Auxiliares de Circulación.
Desde que se publicó en el BOE el RD 1698/2011 llevamos intentando que se reconozca la dificultad de mantener con el paso de los años los requisitos psicofísicos necesarios para la renovación de la habilitación necesaria para desarrollar la labor de Responsable o Auxiliar de Circulación.
Desde aquella primera carta del 25 de noviembre de 2011 dirigida al Director General de la Seguridad Social, hemos llamado a la puerta del CGE, de Adif, del Congreso de los Diputados, del Senado, del Ministerio de Seguridad Social. Ante la pasividad e inacción de la Administración para resolver el expediente, en abril del pasado año para Adif y en septiembre para FGV, presentamos Recurso de Alzada en la Audiencia Nacional, estando pendiente de señalamiento para la votación y fallo.
¿Algo más para finalizar?
Solo agradecer el trabajo de todos los compañeros, secretarios y delegados que de una manera u otra y dentro de sus posibilidades están colaborando con los servicios jurídicos, así como también por tener la suficiente paciencia cuando los asuntos de los que son interlocutores con los afiliados no se resuelven con la premura que todos deseamos.