No hemos tenido el privilegio de permanecer en el domicilio un año teletrabajando y evitando la exposición al virus. Por eso, no todos somos iguales en esta empresa.
Hoy entrevistamos al Secretario de Salud Laboral del SCF, Supervisor de Regulación y Gestión con residencia en CRC de Córdoba, Manuel García. Responsable de esta secretaría desde hace cinco años, en la cual ya colaboraba anteriormente como Delegado de Prevención del Comité General de Seguridad y Salud.
La labor de los secretarios de salud y delegados de prevención de riesgos laborales ha sido y continúa siendo fundamental en estos tiempos de coronavirus. Con vuestra experiencia en el campo habéis guiado a la empresa para elaborar cerca de 45 documentos entre protocolos, planes, medidas, instrucciones… los cuales habéis ido actualizando a medida que avanzaba la pandemia. Sin embargo, en un primero momento Adif intentó salir adelante editando planes de prevención sin teneros en cuenta ¿verdad?
Sí es correcto, en la pandemia hemos pasado por diferentes fases y no me refiero a la tasa de afectados, sino a la forma de afrontar nuestra empresa esta crisis pandémica.
La primera fase fue un caos total, a todos nos pilló de improviso y lógicamente no estábamos preparados. En ella los EPI, guantes, productos virucidas, geles hidroalcohólicos… brillaron por su ausencia. Adif, como otros, tuvo que acudir al mercado chino para abastecerse. Al mismo tiempo, el Ministerio de Sanidad aprobaba normas constantemente y nuestra empresa, en ese primer periodo y con la excusa de falta de tiempo, incumplió la consulta y participación perceptiva de los Delegados de Prevención del Comité General de Seguridad y Salud.
En la segunda fase esta situación mejoró y se nos dio la oportuna participación en la elaboración de los diversos documentos relacionados con el Covid-19. Quedó demostrado con creces que se habían equivocado anteriormente, ya que la participación fue ágil, responsable y mejoró en algunos aspectos los documentos elaborados.
¿Crees que se valora suficientemente el trabajo del delegado de prevención?
Es una labor ingrata, vivimos unos tiempos en que se tienen otras prioridades: retribuciones, jornada, movilidad, promoción, etc. Ya no es que no se valore a los delegados de prevención, en general se menosprecia la Prevención de Riesgos Laborales, con la importancia que tiene la seguridad y salud de los trabajadores.
No olvidemos la enorme especialización que deben poseer estos compañeros para realizar su labor con profesionalidad. Son innumerables las leyes, reales decretos, guías, protocolos, procedimientos operativos… Los cuales deben conocer para su consulta y para obligar su aplicación a la empresa.
Adif informa cada día respecto a los casos activos de Covid por direcciones generales y provincias. En todo este tiempo se habrá comprobado un fuerte descenso…
Mientras que al principio en la Dirección General de Circulación y Gestión de Capacidad los casos rondaban los 40 entre confirmados, casos probables y casos posibles; actualmente hay unos tres en total a nivel estatal.
No hay que olvidar que nuestros compañeros han permanecido casi en la totalidad en sus puestos de trabajo, sin prácticamente medidas preventivas, sin vacunas, viajando en transporte público para acudir a su centro de trabajo…
El Sindicato de Circulación Ferroviario se ha volcado en ese periodo para intentar paliar y mejorar en todo lo posible las condiciones con que estos prestaban servicio (mascarillas, geles, productos virucidas, guantes, pantallas, desinfecciones periódicas de los centros de trabajo, etc.). En resumen, no hemos tenido el privilegio de permanecer en el domicilio un año teletrabajando y evitando la exposición al virus. Por eso, no todos somos iguales en esta empresa.
El 21 de septiembre se publicó el Protocolo de actuación y modelo de gestión ante la Evolución de la situación Sanitaria y avance de la Vacunación frente a la Covid-19 el cual recoge una serie de recomendaciones en la gestión de la climatización de los edificios para prevenir la propagación del coronavirus ¿Se están cumpliendo?
Ese documento es una actualización del aprobado el 19 de junio de 2020. En él se establecían cuatro tipos de sistemas de climatización (eficientes o de alto rendimiento, básico, ineficientes, y despachos individuales con fan coil o unidades de inducción). Cada uno de ellos llevaba aparejada unas normas de utilización, para evitar la propagación por aerosoles.
Es curioso que en esta clasificación solo se han identificado los centros de trabajo que, en la mayoría de los casos, están teletrabajando. Por nuestra parte hemos preguntado por esta cuestión en repetidas ocasiones en el Comité de Seguridad y Salud de Circulación y Gestión de Capacidad, ya que entendíamos que se debía informar a todos los trabajadores de Gabinetes de Circulación y Puestos de Mando qué tipo de climatización tienen en su puesto de trabajo y qué medidas debían adoptar.
Adif no ha facilitado dicha información, por lo tanto, han incumplido y siguen contraviniendo lo que ellos mismo establecen en un documento de obligado cumplimiento. Han tenido mucha suerte de que no haya habido un brote importante en un Puesto de Mando por contagio de aerosoles, con las consecuencias que hubiera derivado de ello.
También se ha publicado la Planificación de la actividad preventiva y Programación del Servicio de Prevención del año 2021 donde se recogen, entre otros, los exámenes de salud y los reconocimientos psicofísicos realizados. Ahora debemos disponer de un descanso mínimo de ocho horas en la residencia donde tengan que ejecutarse las pruebas ¿no es así?
Así es, la empresa había suprimido unilateralmente el descanso previo a los reconocimientos médicos de la extinta Circular de Presidencia. Desde ese momento, quedó un vacío legal en cuanto a regulación de estos tiempos y por ello fue uno de los puntos incluidos para desarrollar en la Cláusula 21º del II Convenio Colectivo en vigor.
Como en la mesa que se tenía que acordar no había avances tras dos años de convenio, lo incluimos en nuestra convocatoria de huelga y como todos sabéis, se incorporó al documento de acuerdo de desconvocatoria de huelga de julio el siguiente texto : “la dirección de la empresa procurará que el trabajador disponga para poder realizar estas revisiones un descanso de veinticuatro horas, desde el deje del servicio o desde la llegada al punto donde tiene que realizarlas, hasta la hora de comienzo de las mismas; según se efectúen estas en su residencia o fuera de ella. En cualquier caso, deberá disponer de un descanso mínimo de ocho horas en la residencia donde tengan que ejecutarse las pruebas”.
Otro logro de la desconvocatoria de huelga que afecta a tu secretaría es la retribución al personal declarado no apto temporal.
Correcto, eso supone que ya no ven mermados sus ingresos por una aplicación incorrecta de la Normativa Laboral (cláusula 9ª del Convenio Colectivo). Por ello se han dado instrucciones para realizar un tratamiento uniforme de aplicación de las medias de los últimos tres meses anteriores a la declaración de no apto que no presenten incidencias.
Además, se acordó un plazo máximo de seis meses desde la firma del acuerdo, para desarrollar la cláusula 9º e incorporar este acuerdo a la Normativa Laboral vigente.
Gracias a la valoración de las condiciones psicofísicas de los trabajadores de Circulación y su impacto sobre la salud con relación al envejecimiento que el SCF encargó a SGS Tecnos y las numerosas solicitudes presentadas por este sindicato a la empresa y ministerios; el colectivo de Circulación está esperando el pronunciamiento del Ministerio de Trabajo para la aplicación del RD 1698/2011, el cual regula el régimen jurídico y el procedimiento para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación. Sin embargo, llevamos desde 2018 esperando dicho pronunciamiento ¿Qué pasos estamos dando desde el SCF?
Como no podía ser de otra forma, seguimos insistiendo en que se apliquen coeficientes correctores en la edad de jubilación del personal de circulación. No porque lo digamos nosotros, sino porque tenemos muy claro que nos es de aplicación dicho Real Decreto.
Como bien dices, debido a la falta de noticias sobre nuestro expediente, el SCF ha presentado una demanda ante la Audiencia Nacional y contra el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones por inactividad administrativa. El día 8 de julio de 2021, la audiencia requirió por segunda vez a dicha administración la urgente remisión de los expedientes administrativos que pedíamos en la demanda.
¿Cuáles son los retos de cara al futuro en la Secretaría de Salud Laboral?
En general y como venimos haciendo hasta ahora, seguir luchando por mejorar la seguridad y salud de los trabajadores de circulación, en todos los foros preventivos de los que formamos parte activa. Sin embargo, me gustaría destacar dos temas prioritarios en estos momentos.
Es necesario establecer un sistema de regulación de las pausas en los centros de trabajo para los trabajadores que son declarados usuarios de PVD. La cruda realidad actual es un incumplimiento sistemático y generalizado de las pausas en todos los centros de trabajo afectados. Han aprovechado la excepcionalidad que se realizó por la pandemia de solo nombrar a los trabajadores estrictamente necesarios para evitar en todo lo posible los contagios, para convertirlo en norma y con la excusa de los escasos recursos humanos, incumplir tanto los gráficos de servicio como las medidas preventivas para evitar la carga física, visual y mental que establecen las correspondientes evaluaciones de riesgo.
Además, se están fusionando bandas…
No contentos con ello y con la misma excusa, se están fusionando bandas en muchos centros de trabajo y sin la pertinente Evaluación de Riesgos. Estas acciones realizadas unilateralmente por la empresa repercuten en la salud de los trabajadores afectados y puede tener consecuencias dañinas e irreparables en la salud.
A petición nuestra y por segundo año consecutivo (ya que en el primero no lo cumplieron), se ha incluido en la Planificación de la actividad preventiva y Programación del Servicio de Prevención del año 2021 lo siguiente:
“Se iniciará un estudio trasversal que analizará, entre otros aspectos, las cargas de trabajo, el tiempo de utilización de las PVD y el grado de atención a las mismas, en usuarios de PVD en las salas de control basado en los resultados obtenidos en las evaluaciones de nivel especializado que se realicen en 2021, a fin de analizar las medidas preventivas ya existentes e identificar factores de éxito y limitaciones que resulten, con el objetivo de que la empresa adopte los ajustes oportunos para prevenir y controlar el riesgo”.
Dicho informe debe de servir para, de una vez por todas, dar cumplimiento al acuerdo de marzo de 2008 y catalogar los puestos en los tipos que establece y con las medidas preventivas aplicables a cada uno de ellos.
¿Cuál es el segundo reto?
Cumplimiento de los artículos 35 y 38 del RD 929/2020 que establecen la regulación de la planificación de los tiempos de trabajo y descanso, así como los tiempos máximos de actividad de control de tráfico.
El artículo 35 obliga a las entidades ferroviarias a establecer en sus sistemas de gestión de seguridad los procedimientos para planificar la actividad de su personal, definiendo en particular los tiempos de trabajo relacionados con la seguridad operacional y de descanso.
En dicha planificación se tendrá en cuenta el tipo de tarea a realizar, de tal manera que se cumpla la normativa en términos de ergonomía del puesto de trabajo y que el personal adscrito al mismo se mantenga en condiciones físicas y psíquicas adecuadas para el desarrollo de la tarea.
Del mismo modo, establece que deben tener en cuenta entre otros: la carga de trabajo, la interfaz entre la persona y el puesto de trabajo, el estrés, el cansancio, el trabajo a turnos, las condiciones ambientales del puesto, la presencia de trabajos rutinarios y repetitivos, la complejidad de las tareas y procesos a ejecutar o los tiempos sin actividad dentro de la jornada laboral.
¿Y el artículo 38?
Por otra parte, el artículo 38 regula los tiempos máximos de actividad de control de tráfico y establece que Adif, en su sistema de gestión, debe incluir los siguientes parámetros en relación con la actividad de control de tráfico de sus responsables de circulación:
- Tiempos máximos continuados en un periodo.
- Tiempos máximos en una jornada.
- Duración mínima de las pausas para que permitan considerar interrumpida la jornada.
- Regulación de la toma y deje del servicio.
Desde la publicación de este RD nos hemos dirigido por escrito tanto a Adif, como a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, para exigir su cumplimiento inmediato. Sabemos que se ha creado un grupo que supuestamente está examinando cómo aplicar este articulado.
Desde el SCF, estamos estudiando otras acciones con nuestros servicios jurídicos para obligar a la empresa a que ejecute lo mandatado por el RD 929/2020.