Orden SND/440/2020 por la que se modifican diversas órdenes

Consulta la orden del Ministerio de Sanidad Orden SND/440/2020, de 23 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, que tiene prescripciones relacionadas con el sector ferroviario:

  • Modifica la Orden TMA/379/2020, de 30 de abril, extendiendo su aplicación a personal de otros sistemas ferroviarios no estatales, como tranvías, metros o ferrocarriles ligeros.
  • En fase 1: Se permitirá la formación práctica presencial para personal que ya tenga una vinculación laboral con una entidad del sector, sobre su puesto de trabajo.
  • En fase 2: Se permitirá la formación práctica presencial para personas que estén obteniendo nuevos títulos habilitantes para incorporarse el sector.
  • En cualquiera de estos casos, dicha formación presencial práctica se impartirá, en todo caso, sujeta a las condiciones señaladas por las autoridades sanitarias y los servicios de prevención de riesgos laborales y protección de la salud de los trabajadores de las entidades ferroviarias y de los centros de formación implicados, para evitar el riesgo de contagios y asegurar el distanciamiento social durante el ejercicio profesional en el transporte ferroviario.
  • Adicionalmente, en fase 2, se incluyen prescripciones para “Otras actividades educativas o de formación”, como academias o autoescuelas, por lo que podría considerarse de aplicación para los centros de formación ferroviarios. En ese caso, estos centros podrán disponer la reanudación de su actividad presencial, siempre que no se supere un tercio de su aforo. Asimismo, deberán priorizar, siempre que sea posible, las modalidades de formación a distancia y “on line”.