SCFCOM 20: Formación a distancia necesaria y urgente

RESOLUCIÓN 6/2020 DE LA AGENCIA ESTATAL FERROVIARIA SOBRE FORMACIÓN A DISTANCIA

El 18 de mayo se ha publicado la resolución de la AESF que regula la formación a distancia ya que, debido a la crisis sanitaria, se suspendió toda formación presencial impartida en centros públicos y privados.

En esta situación de excepcionalidad, es necesario y urgente recurrir a la formación a distancia para las necesidades tanto de nuevas habilitaciones, como reciclajes, alcances… Máxime a la vista de que la duración de las restricciones de la actividad en los centros de formación, puede extenderse más allá de la finalización del estado de alarma; impidiendo la realización de reciclajes o la obtención de nuevas habilitaciones.

La citada resolución, regula los requisitos y el modo de realización, entre las que destacamos las siguientes:

  • La formación a distancia puede emplearse para contenidos teóricos de los cursos de los diferentes títulos habilitantes, como el de Responsable de Circulación, ya sean nuevos o reciclajes.
  • En ningún caso se admitirá su aplicación a contenidos prácticos que suponen la realización “in situ” de las actividades ligadas al título habilitante, ni para adquirir las destrezas necesarias para la ejecución de estas actividades como, por ejemplo, las prácticas en gabinetes de circulación.

Igualmente considera, sin perjuicio de que se pueda hacer una evaluación continua a distancia únicamente con el objetivo de hacer un seguimiento de la asimilación de los contenidos por los alumnos, que el examen de la formación teórica para acceder a la fase de formación práctica, no podrá hacerse a distancia.

Se consideran autorizados aquellos cursos que cumplan las condiciones de esta resolución, sin que sea necesaria una solicitud y autorización individual. Dirigidos a impartir, entre otros:

  • Alcances de la habilitación, entornos operativos y especialidades del resto de títulos habilitantes contemplados en la Resolución de 23 de diciembre de 2015 de la AESF.
  • Actualización y reciclaje de todos los títulos habilitantes.

PRÁCTICAS

La Orden TMA 379/2020 de 30 de abril, regula las actividades formativas presenciales del personal ferroviario y especifica que dicha formación se impartirá sujeta a las condiciones prescritas por las autoridades sanitarias, los servicios de prevención y centros de formación implicados.

El pasado día 14, el Servicio de Prevención nos entregó dos documentos (Gabinetes de circulación y PM/CRC) para que la representación de los trabajadores realice aportaciones antes del 20 de mayo. Las aportaciones presentadas por el SCF, son las siguientes:

  • Mantener la distancia de seguridad durante las ocho horas. Ya que el trabajador no debería estar pendiente de estas cuestiones y un descuido, fruto de la actividad y concentración que requiere la tarea, puede derivar en un riesgo de contagio; entendemos que el uso de EPI debe ser obligatorio para ambos trabajadores.
  • Limitar el número de agentes de prácticas por turno y puesto, dependiendo del centro de trabajo, así como teniendo en cuenta el número de empleados que prestan servicio en un mismo turno. En ningún caso se excederá de un practicante por puesto de trabajo.
  • Especificar que, en las tareas de mantenimiento y reposición de los EPI, se entregaran al ferroviario las limitaciones de uso establecidas por el fabricante.
  • Se priorizará la utilización de manos libres en las comunicaciones telefónicas.

RECONOCIMIENTOS PSICOFÍSICOS

Esta parte, fundamental para la obtención de la habilitación, es la que está pendiente de ultimar en espera de que se den las condiciones necesarias para acometerla: movilidad entre provincias, dotación adecuada de EPI para que el área de Salud Laboral pueda llevarlos a cabo con todas las medidas de protección necesarias al igual que para los trabajadores que se sometan a dichos reconocimientos.

DAÑOS COLATERALES POR LA FALTA DE HABILITACIONES

Tenemos a todos los trabajadores de la OEP 2019 pendientes de pasar los trámites de obligado cumplimiento para la obtención de la habilitación. Es vital empezar urgentemente con la parte de formación cumpliendo la normativa al efecto y las medidas de protección.

No olvidemos que, muchos ferroviarios, están pendientes de poder acogerse a su tan merecida jubilación parcial, y en tanto estos nuevos empleados no se incorporen, no podrán acogerse. También están pendientes los trabajadores de la última Acción General de Movilidad que están vinculados y/o concatenados a la incorporación de los trabajadores de la OEP.

NO OLVIDAR LA SEGURIDAD EN LA CIRCULACIÓN

Esta semana se retoman las Comisiones de Seguridad en la Circulación, el SCF así lo solicitó a la dirección corporativa correspondiente en una reunión realizada por videoconferencia. Dichas comisiones serán telemáticas, empezando por las territoriales según las fechas previstas en el calendario anual para las terceras reuniones.

La empresa también nos comunicó que se actualizará el procedimiento de los Órganos de Participación que marca la forma de funcionamiento de las Comisiones de Seguridad. El cual ya se debería haber actualizado, como hemos exigido en innumerables ocasiones (recordamos que fue uno de los motivos por los que el SCF no validó el PASC 2020). Los sindicatos vamos a participar, esperemos que se recojan nuestras aportaciones.

Por otra parte, se realizará una encuesta a todos los trabajadores de la empresa como paso inicial para desarrollar el Proyecto Sigma. Os pedimos la máxima participación y seriedad en su realización. Nos informan que será anónima y ese es uno de los motivos por los cuales la llevará a cabo una empresa externa. Desde el SCF entendemos que las pretensiones de este proyecto, de una Cultura de Seguridad Justa que tenga en cuenta el Factor Humano, es positivo, como ya ocurre en otros sectores como el aéreo. El SCF pretende que se nos deje participar en su desarrollo hasta su implantación y en su funcionamiento posterior.

CONSIGNAS ILEGALES

Seguimos observando que se emiten consignas incumpliendo la normativa de circulación y en ocasiones, se utilizan para gestionar los recursos humanos, eliminado personal de las estaciones menoscabando con ello la Seguridad en la Circulación. El SCF las ha denunciado y hemos conseguido su anulación, aunque muchas veces no ha sido suficiente a través de los órganos internos de Adif y hemos tenido que acudir a la AESF.

ÚNICA RAZÓN DE SER DEL SCF: DEFENDER CIRCULACIÓN

Consulta la Resolución 6/2020 de la AESF sobre formación a distancia y otros documentos sobre Covid – 19 que afectan a Circulación

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