SCFCOM 8 La Audiencia Nacional nos da la razón: los días de reducción de jornada de 2018 deben abonarse como horas extraordinarias
Como ya anunciamos en nuestro comunicado número 34 de 2019, el SCF presentó demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional el 29 de noviembre del pasado año, reclamando que la reducción de jornada correspondiente al año 2018 (cinco días) que la empresa había abonado en nómina de noviembre como ‘descansos no disfrutados’ para ahorrarse un dinerillo, fueran abonados como horas extras.
HECHOS PROBADOS REFLEJADOS EN LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL
El 29/11/19 el SCF presentó la demanda, el 10/12/19 UGT presenta una demanda similar. El 19/12/19 la Audiencia Nacional acumula las dos demandas y convoca juicio para el 5 de febrero de este año. Con fecha 13 de enero de 2020, CGT presenta otra demanda similar. El 15 de enero de este año, la Audiencia Nacional acumula esta nueva demanda a las dos anteriores. El día del juicio, se adhirieron a las demandas CCOO y SF. A lo largo de la sentencia, cuando la Audiencia Nacional menciona al demandante, cita SCF.
Damos todas estas fechas para demostrar que CGT miente en su comunicado 22, el cual empieza ‘Gracias al conflicto colectivo interpuesto por CGT…’ haciendo un proselitismo zafio. Nada les habría costado decir que, interpusieron una demanda, después de comprobar que otro sindicato la había interpuesto y tenía razón.
Nosotros, nos hemos adherido bastantes veces a demandas de otros sindicatos si consideramos que son justas y que benefician a los trabajadores, que es lo más importante. Por cierto, CGT siempre ha defendido que la reducción de jornada a un promedio de 37,5 horas semanales para las empresas públicas, era de catorce días al año; aunque luego firmaron el Convenio con 1642 horas de jornada anual (diez días al año). Esa es la sentencia que tienen que ganar, la esperamos con expectación y les felicitaremos si lo consiguen.
Hecho este paréntesis, lo importante es que la Audiencia Nacional reconoce el derecho de todos los trabajadores de Adif a que se les retribuya los excesos de jornada realizados entre el 5 de julio y el 31 de diciembre de 2018 (cinco días), como horas extras calculadas según el acuerdo del CGE con la empresa del 10 de septiembre de 2012, ya que son días que no debieron trabajarse. La empresa, todavía puede recurrir ante el Tribunal Supremo. El SCF persistirá y seguiremos informando de los pasos a seguir.
CUÉNTAME CÓMO PASÓ…
Para que no se olvide y dado que hay muchos trabajadores nuevos en la empresa…recordamos que el acuerdo del 10 de septiembre de 2012 donde la hora extra y de toma y deje aumentó casi al triple de lo que se abonaba; fue producto de la constancia, empeño y trabajo del SCF. Ya que fue al único sindicato que durante años ante los tribunales (provinciales primero, de Comunidades Autónomas después y por fin, ante el Tribunal Supremo varias veces), nos dieron la razón creando jurisprudencia y fallando que las horas extras y de toma y deje, debían abonarse al menos como una hora ordinaria, y no según el valor de las tablas salariales firmadas por los sindicatos habituales en los tropecientos convenios anteriores de Renfe – Adif. Circulación sabe bien lo que pasó, igual que con el Complemento de Circulación de 2008 y no le pueden engañar sindicatos con fakes news que se apropian del trabajo ajeno.
¡LAS COSAS CLARAS! QUE SINO LA GENTE SE LÍA
Descargar SCFCOM8