SCFCOM 3: Nuevas ayudas extraordinarias en fomento de la igualdad
En Adif contamos con una nueva ayuda extraordinaria para las personas con descendientes con discapacidad física o que padezcan enfermedad grave, tras meses de lucha por parte de SCF e insistencia en la necesidad de equiparar esta ayuda a todos los hijos e hijas con discapacidad, no solo a los psíquicos.
Nuestra reivindicación era la modificación de estas ayudas y que hubiese algo de igualdad (aunque solo sea para las ayudas… ya que la empresa esquiva la palabra). El problema: se preveía su publicación el pasado 1 de enero que es cuando entraba en vigor, pero parece ser que la empresa está aturronada y le está costando publicar la noticia en Inicia y elaborar modelo de petición. Esperemos que sea propósito de año nuevo y no tarden, por suerte el plazo de presentación será hasta el 28 de febrero.
Se trata de una ayuda extraordinaria para el personal en activo de Adif, destinadas a apoyar a las familias con hijos e hijas con discapacidad física o que padecen cáncer u otras enfermedades graves. Estas se financian con el remanente del Fondo de Política Social del ejercicio 2025 y suponen una medida novedosa que servirá para realizar un sondeo para la posible inclusión de la misma en las ayudas ordinarias.
Las ayudas están dirigidas a la plantilla con descendientes menores de edad con discapacidad física reconocida en 2025. En los casos de discapacidad igual o superior al 65 %, la ayuda podrá alcanzar hasta 800 euros, y cuando sea igual o superior al 33 % e inferior al 65 %, hasta 500 euros. Además, la Comisión de Política Social podrá conceder hasta 200 euros adicionales si concurren circunstancias que impliquen una necesidad especial de apoyo.
Asimismo, busca apoyar también a los hijos e hijas menores de edad que durante 2025 hayan padecido cáncer u otras enfermedades graves incluidas en el Real Decreto 1148/2011 o reconocidas por sentencia judicial, con una ayuda de hasta 1.000 euros.
De forma excepcional, esta ayuda podrá reconocerse hasta los 20 años, siempre que la enfermedad haya sido diagnosticada antes de la mayoría de edad y se acrediten los requisitos. Estas ayudas se extienden también a menores en acogimiento permanente o guarda con fines de adopción. No son acumulables entre sí respecto de una misma persona causante.
La ayuda se incrementará en un 10 % en el caso de familias monoparentales, numerosas o encabezadas por una víctima de violencia de género. La cuantía máxima total a percibir por este procedimiento extraordinario es de 1.653 euros (el cual es independiente del importe máximo a percibir por ayudas graciables ordinarias).
Las solicitudes podrán presentarse desde su publicación en Inicia hasta el 28 de febrero de 2026 mediante el modelo habilitado al efecto. Desde el Sindicato de Circulación Ferroviario animamos a las personas que puedan cumplir los requisitos a solicitar esta ayuda, y estamos a vuestra disposición para resolver cualquier duda o prestar apoyo durante el proceso.
DEFENDER A NUESTRAS FAMILIAS ES DEFENDER NUESTROS DERECHOS ¡ÚNETE!
Más información en www.scf.es
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