La Audiencia Nacional nos da la razón

En el conflicto colectivo que el Sindicato de Circulación Ferroviario presentó para establecer la forma en que se abonan los excesos de jornada, que inicialmente la empresa pagó como días de descanso no disfrutados por la clave 110; la Audiencia Nacional nos da la razón reconociendo que la valoración de esos excesos de jornada, se deben abonar como horas extraordinarias.

Desconocemos si Adif continuará con este procedimiento elevándolo al Tribunal Supremo. Nuestros servicios jurídicos estudiarán en profundidad la sentencia e informaremos de los pasos a seguir.

Puedes consultar la sentencia aquí