Las 35 horas para circulación en días

En el día de hoy han tenido lugar sendas reuniones del CGE y de la Comisión Negociadora para decidir si aceptábamos la última oferta de Adif sobre la aplicación de la jornada de 1.536 horas del pasado 21 de septiembre o si, por el contrario, la rechazábamos y permanecíamos con la jornada actual de 1.642 horas. SCF una vez debatido el documento analizando los pros y contras, así como las repercusiones positivas para el colectivo al que representamos; ha decidido firmar el acuerdo.

La fecha de aplicación será desde el 16 de marzo de 2023, lo que posibilita que se abonen los días de reducción de jornada no disfrutados a partir de enero de 2024, fruto del preacuerdo que ya alcanzamos SCF y otros. A modo de ejemplo, los funcionarios de Murcia han llegado a un acuerdo sobre este mismo asunto en mayo de este año y no entrará en vigor hasta enero del 2024.

Recordamos que la batalla entre las otras organizaciones sindicales es por la no aplicación en días a los colectivos que tienen jornada flexible y que ellos representan. Parece que unos no quieren entender que hay cuestiones en las que algunos salen más favorecidos que otros dependiendo el trabajo que realizan. Véase cuando se implantó el teletrabajo en Adif: nosotros asumimos (como no podía ser de otra forma), que no era de aplicación para la mayoría de nuestro colectivo, pero no vimos al resto reclamando y haciendo bandera para que los trabajadores de circulación pudiesen teletrabajar. Lo conseguido es para todos: jornada de 1.536 horas al año, difiere la forma de aplicarlo dependiendo de las características del puesto de trabajo.

La inmensa mayoría del colectivo de Circulación está encuadrada en el punto número uno del acuerdo: personal con descanso rotativo, de lunes a domingo, con tres, dos o un turno de trabajo adscrito a un centro de trabajo que presta servicio todos los días del año. Para llevar a cabo la reducción se sustituirán los gráficos de servicios actuales por otros que contemplen la nueva jornada. Estos gráficos se presentarán en las comisiones específicas provinciales antes del 31 de octubre y tienen como plazo límite para llegar a acuerdo el 30 de noviembre.

El resto de las dependencias, a excepción de las que no tienen jornada flexible, disfrutarán de dos días de reducción de jornada (el 5 de enero y el jueves santo), y tendrán jornada reducida de 32h 30’ de lunes a viernes en el periodo comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre. Por último, si disfrutasen de vacaciones en el periodo de jornada reducida, se les compensará los días laborables de las mismas con tiempo adicional. En cambio, a las dependencias no sujetas a jornada flexible, se les aplicará la nueva jornada, previa negociación en los comités provinciales con los mismos plazos que los fijados en el punto 1.

Podríamos haber optado por no firmar y colocarnos bajo el paraguas de la firma de los mayoritarios (como hacen otros), pero entendemos que, en un acuerdo beneficioso para la inmensa mayoría del colectivo, teníamos que estar sí o sí.

NOS LO MERECEMOS POR ESTAR SIEMPRE AL PIE DEL CAÑÓN ¡ÚNETE!

Consulta las actas del CGE y Comisión negociadora. Más información en www.scf.es

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