SCFCOM 15, Hagan juego: no va más
NUEVA NORMA MARCO DE MOVILIDAD
La cláusula 10º del Convenio Colectivo en vigor, después de más de tres años de retraso, parece ser que está dando sus últimos coletazos y los jugadores se apresuran a poner las fichas sobre el tapete.
El sindicato del No, ni cambia de fichas, ni de apuesta. Difícilmente aceptarán, siempre habrá una línea roja que les impida la firma; es más fácil destruir que construir. Nos echan la culpa a los firmantes del acuerdo de desconvocatoria de huelga de febrero de 2021 del incumplimiento empresarial. Sin embargo, ¿qué han hecho ellos para que la empresa cumpla la cláusula 10º del convenio? Aparte de sacar comunicados ¿han convocado alguna comisión de conflictos o huelgas por estos motivos?
Les recordamos que, si no hubiéramos firmado las AGM anteriores, no habrían podido participar muchos trabajadores en dichas convocatorias ¿Qué hacemos? ¿Nos sumamos a su apuesta y dejamos desamparadas a las OEP 19-20-21 con residencia provisional? Por supuesto, eso no quiere decir que le vayamos a dar un cheque en blanco a Adif: se trata de negociar con seriedad y mejorar la propuesta empresarial.
SCF es consciente de que no tiene mayoría en el Comité General de Empresa (y bien que nos lo recuerda la empresa), pero si esta quiere aumentar el consenso y añadir al representante mayoritario de un colectivo fundamental (Circulación), debe ceder en sus pretensiones de que las AGM sean las menos posibles y con desigualdad de oportunidades.
PROPUESTAS SCF
Los parámetros que debe contener la norma para permitir una posible firma del SCF son:
- Un redactado claro y conciso en los ámbitos objetivos y subjetivos para que la participación sea a nivel estatal.
- Participación en promoción (dentro de su Área de Actividad) en régimen subsidiario de todos los trabajadores de las OEP con residencia provisional (tenemos que acabar con las residencias provisionales de un plumazo y que en la OEP 2022 cojan plaza con residencia definitiva).
- Los listados de los trabajadores excedentes se deben entregar al CGE en el último trimestre de cada año, conforme a la Normativa Laboral en vigor.
- La empresa entregará al CGE los componentes fijos, variables y complementos de puesto de los Mandos Intermedios y Técnicos con anterioridad a una AGM.
- La periodicidad de las convocatorias debe ser anual a contar desde la publicación de las bases de la anterior AGM y nunca ser superior a dos años.
Algunas tienen cabida en el texto de la norma, otras pueden ser recogidas en acta. Todo sea por acabar con la incertidumbre y el desarraigo de muchos trabajadores.
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