SCFCOM 28: ¿Música para los oídos?
¡Por fin se empieza a hablar de lo que Circulación quería oír: un complemento de turnicidad que incluirá la afectación a fines de semana y festivos! Y es que no es justo que cobremos lo mismo un domingo que un lunes, y mucho menos los días de Navidad que están a la vuelta de la esquina. Por no mencionar toda la plantilla que vamos a turnos a diferencia de otros colectivos.
En la Mesa Técnica de Ordenación Profesional se ha tratado este complemento que tiene por objeto retribuir las condiciones específicas derivadas de la prestación de servicios a turnos, en fines de semana y festivos. Según Adif: ‘se entiende por trabajo a turnos toda forma de organización en la que la prestación de servicios en un mismo puesto se realiza de manera sucesiva por diferentes personas trabajadoras, en horarios distintos, durante un periodo determinado de días o semanas, estando comprometidas a mantener la continuidad del servicio durante dicho período’. Por otro lado, el trabajo a turnos que afecta a fines de semana y festivos es cuando la rotación de los turnos ‘incluya los días completos de sábados, domingos y festivos’. Desde SCF hemos defendido que hay que tener en cuenta los festivos especiales como Navidad, fin de año, Reyes… que deben ser remunerados de manera independiente. Habrá dos tipos de complemento:
- Turnicidad parcial que es cuando hay dos turnos diarios desarrollados en un periodo no inferior a 16 horas diarias.
- Turnicidad completa que es cuando hay tres turnos diarios (mañana, tarde y noche), garantizando la cobertura de las 24 horas del día. Esta modalidad incluye también aquellos casos en los que la rotación se realiza mediante turnos sucesivos de 12 horas, conforme a lo previsto en la regulación de jornadas especiales de trabajo.
Todas las organizaciones hemos solicitado incluir las jornadas especiales y las jornadas reducidas, ya que el redactado del documento no lo recoge (contempla un período no inferior a 16 horas diarias, con lo que las reducciones de jornada y las jornadas estivales de 6:30 horas no estarían incluidas). Igualmente, también hemos manifestado que cuando por causas excepcionales se implanten turnos, también ha de ser contemplado, como por ejemplo los trabajos en estaciones.
Asimismo, cuando el desarrollo de los turnos incluya los días completos de sábado, domingo y festivos con carácter habitual, se dará lugar a una compensación económica superior. En cambio, el complemento de turnicidad será incompatible con otros complementos vinculados a la afectación de fines de semana y festivos o al tipo de jornada como el complemento de jornada partida, con el complemento de banda de mantenimiento en fin de semana cuando la turnicidad incluya los días completos de sábados, domingos y festivos y, cuando la turnicidad incluya el turno de noche será incompatible con el complemento de banda de mantenimiento.
Este complemento se abonará mensualmente según determinen las tablas salariales (Adif ha insistido en que no pueden dar cifras todavía) y será de carácter transversal, no consolidable (lo cual no compartimos) y podrá aplicarse a cualquier trabajo, independientemente del grupo profesional. Ahora lo que nos preocupa es ¿cuándo se va a implantar? No aceptamos más dilaciones.
Finalmente, también se ha celebrado la Comisión Negociadora para hacer una recapitulación de la situación de todas las mesas. En ella hemos hecho hincapié en el protocolo para fenómenos meteorológicos adversos que se verá inicialmente en la Comisión Técnica de Seguridad y Salud.
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Consulta las actas de la Mesa de Ordenación Profesional y de la Comisión Negociadora
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