SCFCOM 4: Cumplid las normas, sobran las medallas
El día 10 de noviembre de 2021 la Comisión Negociadora ratificó los términos del acuerdo de desconvocatoria de huelga del SCF del 12 de julio de 2021. El cuarto punto de dicha acta recogía que las personas trabajadoras del ámbito personal del II Convenio Colectivo de Adif y Adif AV que desempeñen actividades docentes, percibirían mensualmente la Gratificación de Formación como compensación a la especial dedicación que requieren y durante el tiempo en que efectivamente la realicen.
En cuanto a la tutorización de prácticas presenciales en el puesto de trabajo, que es lo que más afecta a nuestro colectivo, determinaba que las horas imputables en este tipo de actividad son las asignadas en la libreta de prácticas correspondiente, en la cual se registra la totalidad de las prácticas realizadas.
Una vez recibidas las autorizaciones pertinentes de todo el mundo mundial, la empresa determinó que estas se abonarían a partir del 1 de febrero. Sin embargo, parece ser que han abierto un concurso en las distintas jefaturas (de momento no publicado en Inicia) y que el que gana es aquel que abone menos prácticas (de premio le darán una medallita para su colección personal). Como siempre, nadie tiene la culpa, o más bien, se la echan unos a otros; que si formación no hace las cartillas, que si producción no las pide… Milongas y más milongas.
Como los territorios obvian el acuerdo alcanzado, tendremos que ser los trabajadores los que nos pongamos en nuestro sitio y demos el golpe en la mesa. Recordamos a los Mandos Intermedios y Factores de Circulación que si el trabajador en formación no viene con la libreta de prácticas y no se figuran en ella las prácticas impartidas; no se van a abonar. Con lo cual, en ese punto cada uno ha de decidir si las da o no.
Por otro lado, llegan comentarios sobre cómo quieren compensarle al empleado que voluntariamente trabaja un descanso. Alguien, sin pudor ninguno, le ha dicho al ferroviario que al final de año echarán cuentas y ya veremos si te debo uno o me lo debes tú. Otros solo dan la alternativa de a ese descanso, compensarlo con otro día, eso sí, el día que le venga bien al jefe. Vamos a aclarar lo acordado y dejarnos de premios en los territorios: trabajar un descanso es totalmente voluntario y como tal, es el empleado en todo momento el que decide cómo se compensa ese descanso: retribuyéndolo o a cambio de otro descanso, o más (como pasa en algunos centros de trabajo). Si Adif está de acuerdo bien y si no, que busquen a otro más sumiso.
Asimismo, estamos detectando que la medida no está dando los frutos para los que se creó. Nos referimos a paliar la falta de personal, cumplir los gráficos de servicios, pausas PVD, fusión de bandas… Cuidado, que quizá vienen curvas.
POR FIN SE ABONAN COMO HORAS EXTRAS LOS DESCANSOS PENDIENTES
En nómina de febrero, además del aumento salarial del 2%, se abonan los días de descanso o de reducción de jornada (RJ) no disfrutados correspondientes a los años 2020 y 2021 (clave 111). Este abono llevaba largo tiempo bloqueado por la empresa, que alegaba que no lo podía pagar a los Mandos Intermedios, al no tener clave específica para ello y tampoco se abonaba a los Factores de Circulación de los CRC para no crear agravios entre categorías. Esta situación se desbloqueó gracias al acuerdo de desconvocatoria de la huelga del SCF y después de largos trámites administrativos ¡por fin se abonan!
Los descansos pendientes de la reducción de jornada de 2018 se abonaron correctamente en nómina de diciembre de 2021 y los correspondientes al año 2019 están pendiente de sentencia por el Tribunal Supremo. Estos fueron abonados a un precio más bajo como “compensación festivo trabajado” (clave 110) en nóminas de febrero/marzo de 2020. Ya tenemos precedentes donde nos han dado la razón.
¡NO NOS OLVIDAMOS DE LA AGM, LA TURNICIDAD, FESTIVOS, EL SIC + Y LAS VARIABLES DE LOS MMII!
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