SCFCOM 6: Prejubilando que es gerundio

Por fin una buena noticia, hoy hemos firmado la Circular del proceso de jubilación parcial del año 2025 que permitirá prejubilarse a los 62 años siempre que se hayan cotizado como mínimo 33 años. Que la circular se adaptase al RD Ley 11/2024 era fundamental para SCF y así se lo hemos trasladado a Adif todo este tiempo, el cual, tras semanas de negociaciones, ha aceptado.   

Tener cumplida en la fecha del hecho causante una edad que sea inferior a tres años, como máximo, a la edad que en cada caso resulte de aplicación es la primera alegación de varias por parte de SCF, así como que en los supuestos de anticipación del acceso a la jubilación parcial en más de dos años respecto de la edad ordinaria de jubilación, la reducción de jornada de trabajo durante el primer año (62 años cumplidos) se fijará en un máximo de un 33% y a partir del segundo y tercer año (63 años y 64 años cumplidos) de al menos un 75%. Lo cual también se ha aprobado. Sin embargo, Adif elevará una consulta al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para discernir si la acumulación del 33% a los 62 años debe ser desde que se cumplen hasta los 63, o durante un año natural. 

En el caso de tener cumplidos 63 años o más, se pasará a una reducción del 75% directamente. Además, será un requisito, tal y como marca la ley, tener como mínimo seis años de antigüedad en la empresa, ‘inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación parcial’. 

Los requisitos tendrán que cumplirse a 31 de mayo o 31 de agosto, coincidiendo con la firma de los contratos de la OEP de 2024 técnicos y cuadro técnico primeramente, seguidos del personal operativo. La persona jubilada parcialmente podrá acumular el tiempo de prestación efectiva de servicios dentro de cada año, o bien realizar todo el trabajo al principio de la nueva situación como persona trabajadora a tiempo parcial.   

Desde SCF también hemos defendido que, ya que se modifica el requisito de la edad para poder acogerse a la jubilación parcial y como consecuencia de ello se incrementará el número de personas trabajadoras que pueden acogerse, necesitamos una tasa de reposición mínima del 100%. Solicitud que no ha sido atendida, por lo que la tasa de reposición será del 75% con 701 plazas en Adif y seis en Adif AV. 

La Circular de Jubilación Parcial se publicará el 4 de marzo y el plazo de presentación de solicitudes para acogerse será desde el 5 de marzo al 22 de abril, ambos incluidos. Este plazo será único para adherirse tanto para los que cumplan condiciones a fecha 31 de mayo de 2025 como para quienes las cumplan a fecha 31 de agosto de 2025. El personal que cumpla los requisitos en mayo, pero prefiera acogerse en agosto, podrá modificar la adscripción si así lo desea. 

YO ME VOY, ADIÓS, ME FUI…PERO PARA CONSEGUIR ESO ¡ME AFILIÉ!  

Consulta el acta de la reunión de jubilación parcial  

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