SCFCOM 18: Responsable de Circulación = responsable de todo
La NAR 2/24 define la afectación del RCF a los trabajadores ferroviarios. Como es sabido por todos, el Responsable de Circulación tiene que conocer y aplicar todos los artículos del RCF además de las consignas, avisos, horarios de trenes, NAR y otras normas que incidan en el RCF.
El Responsable de Circulación dirige la circulación en una estación, en una estación telemandada por otra o en otras estaciones integradas en un CTC. Desempeña funciones de gestión, control y regulación del sistema de circulación ejerciendo el mando del personal relacionado con la circulación de los trenes que se encuentre en la estación (AC, maquinistas, ET, PS, personal de infraestructura, de operaciones de tren…). Para ejercer esas numerosas funciones necesita una amplia formación por lo que los 376 factores de circulación que ingresarán en la recién publicada OEP 2024 necesitarán 624 horas de formación para obtener la habilitación de estación o 1.010 horas para desarrollar su trabajo en una banda de CRC, así como aprobar unos difíciles exámenes tanto teóricos como prácticos.
DEBERES DEL RESPONSABLE DE CIRCULACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE SU TRABAJO
Los Responsables de Circulación desempeñamos una profesión de enorme responsabilidad que requiere una formación continua y óptimas condiciones psicofísicas, pues de nosotros depende la seguridad y eficiencia del tráfico ferroviario, indispensable para el desarrollo de una sociedad próspera. El Responsable de Circulación es un agente imprescindible al que debería tratarse con consideración, retribuyéndole de acuerdo con la gran importancia de su labor y a sus especiales condiciones de trabajo (24/7, incluyendo Navidad, Semana Santa, puentes…) ¿Es esto así? Veamos:
- Múltiples responsabilidades: laboral, administrativa (multas de la AESF), civil y penal (en los tribunales).
- Numerosas funciones e intensa formación especializada.
- Exigentes aptitudes psicofísicas: pruebas periódicas obligatorias, reconocimientos médicos exhaustivos (visión perfecta, audición, sistema locomotor, cardiovascular, respiratorio, psiquismo) y sometidos a controles en el puesto de trabajo con el riesgo permanente de ser declarado no apto y perder la habilitación.
- Férreo régimen disciplinario: cualquier falta relacionada con la circulación automáticamente aumenta de grado. Además de las faltas que compartimos con el resto de los ferroviarios, tenemos un apéndice especial de tipos de faltas solo para nosotros (30 leves, 49 graves y 55 muy graves). Estamos expuestos a inspecciones de seguridad y si por desgracia ocurre un accidente, sometidos a interrogatorios y la posibilidad de ir a la cárcel por errores en nuestro trabajo. Querida empresa ¿cuándo se modificará la normativa laboral vigente para adaptarla al Proyecto SIGMA y a la Cultura Justa de Seguridad para paliar estas injusticias?
- Horarios especiales: la mayoría de los ferroviarios trabaja de mañanas de lunes a viernes, salvo los de Circulación que trabajamos a turnos, de noche y sábados, domingos, festivos sin ninguna retribución compensatoria, lo que es una absoluta vergüenza que no pasa en ninguna otra empresa. Las vacaciones pueden ser en cualquier mes del año (solo se aseguran 15 días de junio a septiembre).
EL NUEVO CONVENIO HA DE CAMBIAR NUESTRA SITUACIÓN ACTUAL
Amplias funciones, formación extensísima y especializada, enorme responsabilidad, reconocimientos médicos periódicos y exhaustivos, régimen disciplinario diferente, condiciones de trabajo especiales que merman nuestra salud y… ¿salario? también especial: primas y variables sin actualizar desde hace veinte años. En la negociación del nuevo convenio debemos acabar con estas injusticias, ha llegado la hora de circulación, de abonar la turnicidad, el trabajo en fines de semana y festivos, la nocturnidad correctamente, las guardias…
DEBERES AMPLIABLES, DERECHOS LIMITADOS ¿HASTA CUÁNDO? SOLO NOSOTROS PELEAMOS POR LO NUESTRO
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