SCFCOM 2: Jubilación parcial, OEP y Norma marco movilidad

En la reunión de hoy convocada con urgencia, la dirección de la empresa nos ha entregado la Circular del Proceso de Jubilación Parcial para el año 2022. Los términos son parecidos a los de años anteriores:

  • Reducción de jornada del 75%.
  • Tener cumplidos 62 años y dos meses, con una cotización mínima de 35 años y seis meses. O tener cumplidos 63 años y cuatro meses, habiendo cotizado como mínimo 33 años.
  • Cumplir los requisitos a fecha de 31 de marzo de 2022.
  • Dos formas de acumulación de jornada.
  • El plazo de presentación de solicitudes será del 7 al 18 de febrero, ambos incluidos.
  • El número de trabajadores que podrá acogerse a la jubilación parcial será de 554.
  • La fecha de efectividad de la jubilación parcial estará vinculada a la fecha de ingreso de los trabajadores procedentes de las ofertas de empleo público.

OEP      

En el mismo acto la empresa nos ha informado de que ha solicitado un cupo de 1.322 ingresos para la OEP de 2022. Por otro lado, los contratos de la OEP 2021 de abril afectarán a 343 Factores de Circulación, 48 Ayudantes Ferroviarios y 296 Eléctricos. La segunda tanda de ingresos se prevé en octubre.

NORMA MARCO DE MOVILIDAD VOLUNTARIA

A continuación, ha tenido lugar una nueva reunión de la Mesa de Empleo. La empresa previamente nos había enviado el último borrador de la Norma marco de movilidad voluntaria para la cobertura de puestos con carácter definitivo a través de concurso. Como todos sabéis, este es un aspecto incumplido en el acuerdo de desconvocatoria de huelga del CGE, que establecía como fecha límite el 30 de octubre de 2021.

Para SCF, lo que pretende la empresa es un retroceso en lo que corresponde a los derechos de los trabajadores a una movilidad justa y no discriminatoria. Así como a una promoción profesional adecuada a nuestros tiempos. Parece que algunos quieren retrotraerse a épocas más oscuras, donde se realizaban traslados a la carta, en los que se perjudicaba a trabajadores con más derecho.

La negociación continuará y de momento no hay nada cerrado, pero a día de hoy SCF encuentra muchos temas pendientes de solucionar, entre ellos:

  • Se contemplan concursos de ámbito inferior al estatal, eso sí, solo ‘en casos especiales, debidamente  objetivados  por  las  circunstancias  organizativas  de  la  entidad’. Claro y vamos nosotros y nos lo creemos.
  • También permiten concursos por categoría o puesto. Ya solo nos falta que hagan uno por belleza o estado civil.
  • ‘Los concursos a nivel estatal se convocarán con una periodicidad nunca superior a tres años’, aquí debemos dar las gracias ya que pedían cuatro años. Hemos pasado de dos convocatorias al año, como contemplaba la norma provisional, a que se pueda estar tres años sin movilidad ¡Menudo avance!
  • Las bases de la convocatoria incluirán, en su caso, una relación de residencias con personal excedente en cada categoría/puesto a efectos de prioridades en la participación. Sin embargo, no implicará la obligación de solicitar plaza para las personas adscritas a ella. Así se aseguran los movimientos a la carta y que, si alguno de los suyos no quiere moverse, que se quede donde está. En cambio, si quieren que se mueva con prioridad a otros más antiguos, le declaramos excedente. Vaya jugarreta.
  • El número de excedentes deberá estar determinado en las bases de la convocatoria. Esperemos que apliquen la Normativa Laboral a la hora de declarar excedentes, sino se encontrarán con sorpresas.
  • Queda en el olvido el compromiso adquirido de que las vacantes cubiertas en movilidad geográfica y funcional de larga duración se deben ofertar en su totalidad. Y eso que todas las organizaciones sindicales apostamos por su cumplimiento.
  • Se debe acreditar una antigüedad en la categoría de al menos dos años. Salvo para los agraciados en el listado de residencias con exceso de personal.
  • Las plazas a resultas las designa la todopoderosa empresa, sin la obligación de cumplir los gráficos pactados con la representación del personal.
  • Si te adjudican una plaza en reconversión, no podrás volver a concursar en “reconversión” hasta pasados ocho años.
  • Los nuevos ingresos se realizarán en residencia provisional o definitiva. Dependiendo de si las plazas han quedado desiertas en una AGM anterior con un plazo de seis meses desde la resolución definitiva. Habrá que estar atentos a que no nos cuelen gato por liebre.
  • Quienes obtengan plaza en traslado y promoción, no podrán participar de nuevo hasta pasados tres años de la fecha de adjudicación definitiva, salvo para acceder a plazas de Cuadro Técnico o Técnico, o plazas de nueva creación. Pero no dejan solicitar plazas que se pidieron en la anterior movilidad con preferencia a la adjudicada, dándose de este modo una gran injusticia, ya que podrían estar tres años sin poder solicitarlas y se ofrecerían a trabajadores con menor derecho, alargando el desarraigo de promociones enteras de trabajadores procedentes de OEP más antiguas.
  • Son tan buenos que, para las fechas de cumplimentación de los cambios de situación laboral, recogen lo establecido en la Normativa Laboral, pero con una excepción que por desgracia se va a cumplir siempre: estos cambios de situación estarán condicionados a la incorporación de nuevos ingresos procedentes de la OEP, con lo cual el plazo es como máximo de dos meses contados desde la fecha que estos compañeros obtengan la habilitación.
  • Cuando nos presentemos en promoción a puestos de Mando Intermedio seguiremos sin saber el fijo, la variable, los complementos de puestos; lo cual afecta al poder de decisión.

¡POR UNA MOVILIDAD JUSTA, CONTINUA, NO DISCRIMINATORIA y TRANSPARENTE!

Consulta la entrevista al Secretario de Asuntos Jurídicos SCF Posible delito de lesiones por imprudencia’ de ahí la necesidad de contactar con el teléfono de emergencias SCF cuando alguien se vea envuelto en un accidente.

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